EL AYUNTAMIENTO DE OLIVARES ABRE LA CONVOCATORIA ANUAL DE AYUDAS PARA INCENTIVAR EL EMPLEO JOVEN EN EL MUNICIPIO

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EL AYUNTAMIENTO DE OLIVARES ABRE LA CONVOCATORIA ANUAL DE AYUDAS PARA INCENTIVAR EL EMPLEO JOVEN EN EL MUNICIPIO

07/03/2017

El Ayuntamiento de Olivares ha abierto la convocatoria anual correspondiente al año 2017 para la concesión de ayudas municipales para incentivar el empleo joven en el municipio. El objetivo perseguido con estas ayudas es la promoción e inserción sociolaboral de personas desempleadas de Olivares, a través de las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica.

4105 La partida presupuestaria destinada por el Ayuntamiento para la concesión de estas ayudas en este año asciende a 7.500 euros. El plazo para presentar las solicitudes estará abierto hasta el 31 de octubre de 2017, o hasta agotar los fondos disponibles.

Las ayudas a la contratación objeto de esta convocatoria serán otorgadas a las empresas que formalicen contratos de trabajo a tiempo completo o a media jornada, con personas desempleadas de Olivares, con una edad comprendida entre los 18 y 39 años, ambas inclusive, y que cumplan el resto de requisitos que se recogen en la Ordenanza Reguladora de estas ayudas, publicada en el BOP de Sevilla de 25-3-2015.

Las solicitudes que se presenten se irán resolviendo en función del orden de entrada de las mismas hasta agotar el presupuesto existente, sin que haya que establecer baremo o prelación entre ellas. A estos efectos, se entenderán formalizadas las contrataciones desde la fecha de comunicación de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

Las empresas deberán cumplir los requisitos que especifica la Ordenanza reguladora de estas ayudas, y respecto a las personas que puedan ser contratadas, deberán cumplir igualmente determinados requisitos, como por ejemplo:

a.- Ser residente en Olivares, con una antigüedad mínima del empadronamiento de 1 año.
b.- Tener una edad comprendida entre los 18 y 39 años, ambas inclusive, a fecha del alta en la Seguridad Social por parte de la empresa.
c.- Encontrarse en situación de desempleo desde hace al menos 1 año, acreditado mediante certificado emitido por el Servicio andaluz de Empleo (Certificado de periodos de inscripción en el SAE como demandante de empleo).


d.- No ser o haber sido beneficiario/a, del Bono Joven de la Junta de Andalucía

La cuantía de las ayudas será hasta el 50% de los costes de Seguridad Social, y el número máximo de ayudas que podrá recibir una misma entidad empleadora o el grupo al que ésta pertenezca, será de 2.