AMPLIACIÓN DE PLAZOS DE PAGOS DE TRIBUTOS

AMPLIACIÓN DE PLAZOS DE PAGOS DE TRIBUTOS

01/04/2020

Desde el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) se han adoptado medidas extraordinarias debido a las circunstancias derivadas del estado de alarma declarado por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, con la intención de paliar los efectos económicos negativos por el cese de actividades económicas.

Estas medidas seaplican a gestión recaudatoria de los tributos municipales cuya gestión tiene delegada.

En cuanto a la RECAUDACIÓN VOLUNTARIA Y AL RESTO DE TRÁMITES

TRIBUTARIOS , se toman las siguientes medidas:

1.- Ampliar hasta el 30-4-2020 los plazos de pago con vencimiento anterior a dicha fecha de las deudas tributarias, sean de vencimiento periódico y notificación colectiva o liquidaciones, y el de las sanciones de tráfico que estuviesen en período voluntario de pago, así como los resultantes de acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento.

2.- Retrasar el inicio del período voluntario de cobro de deudas devencimiento periódico y notificación colectiva del primer semestre de 2020 de todas figuras impositivas delegadas en el OPAEF (IBI, IVTM, tasas y precios públicos) fijando como nuevoperíodo general de cobro en voluntaria, el comprendido entre los días 4-5-2020 y el 6-7-2020, ambos inclusive, en función de la evolución de las circunstancias.

3.- Ampliar hasta el día 30-4-2020 los plazos de atención de requerimientos, presentación de alegaciones, solicitudes de información, etc.

4.- Autorizar la concesión del fraccionamiento de deudas, solicitándolo en período voluntario y sin devengo de intereses, cuyo importe no sea superior a 30.000 euros, siempre que el fraccionamiento se solicite dentro del período de ingreso en voluntaria y el pago total se produzca dentro del año 2020.

5.- Además, desde la firma de la resolución y durante la vigencia del estado dealarma o, en su caso, sus prórrogas, quedan paralizadas las actuaciones del procedimiento de apremio, inclusive las diligencias de embargo.

6.- También podrán realizar el pago de sus obligaciones en cualquier momento dentro de los plazos ampliados y, en relación con los recibos correspondientes al primer semestre del ejercicio, estarán disponibles para su pago desde el 1 de abril para aquellas personas que lo necesiten.

Hay que comunicar que mientras esté vigente el estado de alarma, las oficinas de atención al contribuyente del OPAEF estarán cerradas al público para la atención presencial. Quienes pretendan realizar gestiones o dirigir escritos al OPAEF, podrán realizarlo por medios telefónicos o telemáticos.

Con carácter general, la atención telefónica se prestará a través del teléfono gratuito 900700100, o a través de los contactos siguientes:

a.- Oficina OPAEF en Sanlúcar laMayor:       955704728

b.- Correos electrónicos Oficina Municipal

de Recaudación Ayto. deOlivares:            recaudacion@olivares.es    tesoreriaolivares@gmail.com

 

BANDO DE LA ALCALDÍA

 

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